El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 49. Régimen presupuestario.

Artículo 49 del Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto. · BOE-A-2005-12175

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.

Texto consolidado

1. El régimen económico del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto se formalizará anualmente en un presupuesto. El presupuesto será único y comprenderá todos los ingresos, gastos e inversiones del colegio referidos al año natural.

2. En cada presupuesto se cifrarán, con la suficiente especificación, los gastos previstos en función del programa de actividades que vayan a desarrollar los distintos órganos colegiales y los ingresos que se prevea devengar durante el correspondiente ejercicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-16.

Más artículos de Real Decreto 797/2005

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 797/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.