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Ley Vigente

Artículo 42. Formación y docencia en la Universidad de Oviedo.

Artículo 42 de la Ley del Principado de Asturias 7/2026, de 15 de octubre, para la erradicación de la discriminación y para la igualdad real y efectiva de derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias. · BOE-A-2026-23271

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-12-23.

Texto consolidado

En el marco de la normativa estatal y autonómica para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, la Administración autonómica colaborará con la Universidad de Oviedo, y cualquier otra que pudiera establecerse en el territorio de la comunidad autónoma, al objeto de impulsar la incorporación de contenidos que permitan abordar la diversidad sexual y familiar y expresión de género en los grados y posgrados universitarios, especialmente en los títulos que habilitan para el ejercicio de profesiones docentes, sanitarias, sociales y jurídicas. En particular:

a) La consejería con competencias en materia de educación trabajará de manera coordinada con la administración universitaria para introducir en los currículos de las profesiones docentes contenidos relacionados con los derechos de las personas LGTBI y la discriminación y los estereotipos que afectan a las personas con VIH.

b) La consejería con competencias en materia de sanidad trabajará de manera coordinada con la administración universitaria para introducir en los currículos de las profesiones sanitarias contenidos relacionados con la salud de las personas LGTBI, así como relativos a la discriminación y los estereotipos que afectan a las personas con VIH y sus necesidades.

c) Las consejerías con competencias en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI y Administración de Justicia trabajarán de manera coordinada con la administración universitaria para introducir en los currículos de las profesiones jurídicas contenidos relacionados con los derechos y la protección jurídica de las personas LGTBI.

d) Las consejerías con competencia en materia de derechos sociales y bienestar trabajarán de manera coordinada con la administración universitaria para introducir en los currículos de las profesiones vinculadas al trabajo social contenidos vinculados a la asistencia y protección de las personas LGTBI frente a la violencia basada en la LGTBI-fobia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-12-23.

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