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Ley Vigente

Artículo 4. Planificación de recursos y evaluación de resultados.

Artículo 4 de la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2026-23272

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

Texto consolidado

1. Las Administraciones públicas asturianas en el ámbito de sus competencias planificarán sus políticas de atención a la infancia y la adolescencia, con la participación de niños, niñas y adolescentes, definiendo los objetivos a alcanzar, así como las estrategias, acciones y recursos a desarrollar, con la obligada inclusión de las partidas presupuestarias a ellas destinadas y diseñando los programas para lograr esos objetivos.

Estos planes deberán ser evaluados periódicamente, debiendo incluir para ello los necesarios indicadores de eficacia en cuanto al alcance de objetivos, de impacto, relativo a la mejora del bienestar infantil y la superación de situaciones de desigualdad y discriminación, así como de eficiencia. Igualmente, incluirá indicadores para la evaluación de aspectos de proceso como el cumplimiento de las acciones y estrategias previstas, la idoneidad y suficiencia de los recursos empleados y el grado de participación de niñas, niños y adolescentes.

2. Los resultados de la planificación deberán analizarse con el fin de valorar la eficacia de los programas y de las políticas públicas diseñadas, evaluando los resultados obtenidos a partir de los objetivos marcados y de los recursos habilitados debiendo contar con indicadores cuantitativos y cualitativos para su evaluación y seguimiento. Los resultados de dicha evaluación implicarán el análisis de las políticas públicas cuando no se alcancen los objetivos establecidos, incorporando mecanismos de mejora y corrección.

3. Todos los planes tienen que incluir una evaluación de impacto de género y una memoria económica que valore la viabilidad económica de las medidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

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