Artículo 39. Colaboración con las familias acogedoras.
Artículo 39 de la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2026-23272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-23.
Texto consolidado
1. La Administración del Principado de Asturias garantizará el asesoramiento y apoyo profesional, así como la formación continuada, a las familias acogedoras y colaboradoras para el correcto desarrollo de sus funciones, y así responder a las específicas necesidades de las personas menores acogidas.
2. La Administración del Principado de Asturias fomentará la participación de las asociaciones que representan a estas familias a través de los cauces legalmente establecidos.