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Ley Vigente

Artículo 38. Colaboración las entidades de iniciativa social en materia relacionada con niñas, niños, adolescentes y sus familias.

Artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2026-23272

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

Texto consolidado

1. Las Administraciones públicas asturianas, en el ámbito de sus competencias, fomentarán la iniciativa social y el voluntariado, para el desarrollo de actividades en el ámbito de la promoción, prevención, atención y protección de las personas menores de edad.

2. Se establecerán los cauces necesarios para una acción coordinada y conjunta entre las distintas Administraciones públicas y las entidades de iniciativa social relacionadas con la atención a la infancia, adolescencia y familias.

3. La prestación de estos servicios cualificados podrá llevarse a cabo a través de acciones concertadas, como modalidades diferenciadas de las recogidas en la normativa de contratación del sector público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

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