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Decreto-ley Vigente

Artículo 39. Plazo de presentación de solicitudes.

Artículo 39 del Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos,Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería, y se modifican otras disposiciones. · BOJA-b-2021-90133

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-01.

Texto consolidado

1. El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en el presente Capítulo será de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria efectuada mediante el mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo. La resolución de inadmisión será notificada individualmente a la entidad solicitante en los términos de los artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-01.

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