Artículo 36. Protocolo de acoso por razones de orientación sexual y/o de identidad sexual.
Artículo 36 de la Ley del Principado de Asturias 7/2026, de 15 de octubre, para la erradicación de la discriminación y para la igualdad real y efectiva de derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias. · BOE-A-2026-23271
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-12-23.
Texto consolidado
En el marco de los protocolos contra el acoso y el ciberacoso escolar, la administración educativa del Principado de Asturias incorporará medidas de prevención, detección e intervención ante las conductas que atenten contra la orientación sexual, identidad sexual y expresión de género en los centros docentes. Asimismo, promoverá su revisión periódica y las actualizaciones que fueren necesarias.
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