Artículo 29. La igualdad entre mujeres y hombres como objetivo de las políticas de empleo.
Artículo 29 de la Ley 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género. · BOE-A-2011-7887
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
Constituye un objetivo prioritario de la política de empleo en el Principado de Asturias mejorar la participación, permanencia y promoción de las mujeres en el mercado de trabajo, garantizando la efectiva igualdad de oportunidades y la no discriminación entre mujeres y hombres.