Artículo 251. Dirección y control del servicio.
Artículo 251 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. · DOGC-f-2003-90008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-21.
Texto consolidado
Corresponde a los entes locales la potestad de dirección y de control del servicio público, que comporta el ejercicio de la potestad de modificación y la inclusión implícita de la cláusula de actualización del servicio de acuerdo con los estándares económicos y sociales.