Artículo 209. Planes de inspección.
Artículo 209 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. · BOE-A-2019-1790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-08-05.
Texto consolidado
Los municipios y la consejería competente en materia de urbanismo podrán elaborar planes de inspección para verificar el cumplimiento por las ECUs de los requisitos de autorización, así como la correcta realización de las funciones que tengan encomendadas.#a2