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Ley Vigente

Artículo 206. Régimen económico.

Artículo 206 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. · BOE-A-2019-1790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-08-05.

Texto consolidado

1. La consejería competente en urbanismo establecerá las precios mínimos y máximos que podrán percibir las ECUs por los servicios que presten a los usuarios y que se establecerán al inicio de cada ejercicio económico mediante su publicación en el DOE (http://doe.juntaex.es).

2. Dentro de la horquilla fijada por dicha consejería, cada ECU comunicará a la Consejería antes de 30 de noviembre de cada año, los precios que aplicará durante el año siguiente a las personas interesadas y a los Ayuntamientos. Los precios serán aprobados por la consejería competente en materia de urbanismo al inicio de cada ejercicio económico y serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).#a2

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-08-05.

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