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Ley Vigente

Artículo 205. Memoria anual.

Artículo 205 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. · BOE-A-2019-1790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-08-05.

Texto consolidado

1. En el primer trimestre de cada año, la ECU presentará en el registro de la consejería competente en materia de urbanismo una memoria correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior.

2. Dicha memoria deberá hacer referencia a las siguientes cuestiones:

a) Cumplimiento de los requisitos personales previstos en el presente título.

b) Descripción de las actuaciones realizadas, por municipios, con indicación de los informes, actas o certificados emitidos y su sentido, así como, en su caso, las reclamaciones presentadas.

3. La memoria será evaluada por la consejería competente en materia de urbanismo y remitida al Registro de entidades de certificación urbanística de la Junta de Extremadura y se publicará en el portal de transparencia de la administración regional (https://www.juntaex.es/transparencia).#a2

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-08-05.

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