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Orden Vigente

Artículo 18. Intercambio de información.

Artículo 18 de la Orden TAS/3698/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula la inscripción de trabajadores extranjeros no comunitarios en los Servicios Públicos de Empleo y en las Agencias de Colocación. · BOE-A-2006-21274

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-07.

Texto consolidado

1. El Servicio Público de Empleo Estatal y la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración establecerán los sistemas informativos necesarios para el intercambio de aquellos datos de interés en sus respectivas áreas de competencia, relativa a los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación de esta orden, respetando lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y a sus disposiciones de aplicación y desarrollo.

2. Igualmente establecerán los sistemas de información necesarios para el conocimiento de la situación y evolución del mercado de trabajo nacional en los distintos sectores de actividad y zonas geográficas que permitan evaluar las previsiones de cobertura de puestos de trabajo por trabajadores extranjeros no comunitarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-07.

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