Artículo 17. Medidas de fomento de empleo y servicios prestados por los servicios públicos de empleo y agencias de colocación.
Artículo 17 de la Orden TAS/3698/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula la inscripción de trabajadores extranjeros no comunitarios en los Servicios Públicos de Empleo y en las Agencias de Colocación. · BOE-A-2006-21274
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-07.
Texto consolidado
La inscripción como demandantes de empleo de trabajadores extranjeros a los que hace referencia esta norma en los servicios públicos de empleo y agencias de colocación supondrá su equiparación en régimen de igualdad, teniendo en cuenta la situación o circunstancia por la que se generó su inscripción, con el resto de demandantes de empleo, tanto en la intermediación laboral como en relación con las medidas de fomento de empleo y los servicios para la mejora de la ocupabilidad de los demandantes de empleo que prestan los servicios públicos de empleo y las agencias de colocación.
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