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Ley Vigente

Artículo 108. Personas extranjeras y derechos LGTBI.

Artículo 108 de la Ley del Principado de Asturias 7/2026, de 15 de octubre, para la erradicación de la discriminación y para la igualdad real y efectiva de derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias. · BOE-A-2026-23271

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-12-23.

Texto consolidado

1. Se velará por el derecho de las personas trans e intersexuales migrantes que se encuentren en territorio asturiano a la libre determinación de la identidad sexual, expresión de género o de sus características sexuales según lo dispuesto en la presente ley, independientemente de la situación administrativa en la que se encuentren. En ningún caso se exigirán pruebas que atenten contra los derechos fundamentales de la persona interesada.

2. En la gestión de los servicios y programas específicamente destinados a las personas solicitantes de asilo, en coordinación y cooperación con la Administración General del Estado, y en los ámbitos sanitario, educativo y social, la Administración de la comunidad autónoma, en el ámbito de sus competencias, facilitará el acceso de las personas interesadas, independientemente de la situación administrativa en la que se encuentren, a los recursos sociales y las diferentes organizaciones de atención especializada en lo relativo a la identidad sexual, expresión de género y diversidad sexual.

3. La Administración del Principado de Asturias, en el ámbito de sus competencias, velará por que las personas LGTBI que se encuentren en territorio asturiano, con independencia de su situación administrativa, disfruten del ejercicio del derecho a la igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género y características sexuales, en las mismas condiciones que a las personas de nacionalidad española en los términos recogidos en esta ley y atendiendo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-12-23.

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