Resolución de 29 de febrero de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el Rol de Despacho y Dotación para los buques pesqueros y auxiliares de pesca.
BOE-A-2008-5879 · Boletín Oficial del Estado, 2008-04-01 · Ministerio de Fomento
BOE-A-2008-5879 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula el nuevo modelo de Rol de Despacho y Dotación para los buques pesqueros y auxiliares de pesca en España. Aplica a los buques de las Listas Tercera y Cuarta que se despachen por tiempo desde puertos nacionales, y entra en vigor el 1 de marzo de 2008.
Los puntos clave de esta resolución incluyen la sustitución del modelo de Rol por un soporte informático, lo que permitirá almacenar los datos en el sistema de información de la Dirección General de la Marina Mercante. Además, establece que el Rol estará dividido en tres secciones: una para asientos obligatorios, otra para el despacho del buque y enroles/desenroles de tripulantes, y una tercera con hojas en blanco para autodespacho en caso de fuerza mayor. También se especifica la documentación necesaria para el despacho, que incluye la solicitud, declaración del capitán y lista de tripulantes. Por último, se deroga la anterior Resolución de 13 de febrero de 2004, que regulaba el modelo anterior de Rol.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2008-02-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 79, 2008-04-01
- Entrada en vigor
- 2008-04-02
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-5879
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Resolución de 13 de febrero de 2004, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se aprueba el nuevo modelo de Rol de Despacho y Dotación para buques de Pesca, posibilitó la puesta en práctica de un Rol de carácter informático y con ello la aportación de datos y documentos mediante técnicas de tratamiento e intercambio electrónico para los buques pesqueros.
La Resolución fue dictada teniendo en cuenta las competencias de la Dirección General de la Marina Mercante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, y lo previsto en el artículo 5 y 7 del Reglamento sobre Despacho de Buques, aprobado por Orden de 18 de enero de 2000.
Índice del articulado
- 1. Ámbito de aplicación.
- 2. Del Rol.
- 3. Formato del Rol.
- 4. Documentación para el Despacho.
- 5. Resolución del Despacho.
- Disposición adicional. Despacho y enroles o desenroles en casos excepcionales.
- Disposición transitoria única. Sustitución del Rol.
- Disposición derogatoria única. Derogatoria.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 105, de 1 de mayo de 2008 |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Orden de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de Buques. |
| Deroga | la Resolución de 13 de febrero de 2004 |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2008-5879?
- BOE-A-2008-5879 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2008-5879?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2008-5879?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.