Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para dar cumplimiento a las obligaciones de suministro de información por los notarios establecidas en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
BOE-A-2015-11652 · Boletín Oficial del Estado, 2015-10-30 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
BOE-A-2015-11652 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2015-10-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 260, 2015-10-30
- Entrada en vigor
- 2015-10-31
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-11652
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario ha sufrido una profunda reforma para reforzar la colaboración que prestan al Catastro los notarios y los registradores de la propiedad. Dicha reforma se ha producido con la aprobación de dos leyes: la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible; y la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 7 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Índice del articulado
- Primero. Objeto.
- Segundo. Requisitos técnicos del suministro de información en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 36 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
- Tercero. Requisitos técnicos del suministro de información para la comunicación de los cambios de titularidad en cumplimiento del párrafo primero del artículo 14.a) del texto re…
- Cuarto. Requisitos técnicos del suministro de información para la comunicación de las segregaciones, divisiones, agregaciones o agrupaciones de bienes inmuebles en cumplimiento …
- Quinto. Requisitos técnicos de la obtención de nuevas referencias catastrales conforme dispone el apartado 2 del artículo 47 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobilia…
- Sexto. Requisitos técnicos del suministro de información para la incorporación de la rectificación en la descripción de los inmuebles derivada del apartado 2 del artículo 18 del…
- Séptimo. Especificaciones técnicas que ha de cumplir la descripción gráfica de las parcelas para la incorporación de alteraciones en la cartografía catastral para su rectificación.
- Octavo. Sistema informático de Intercambio de la información entre la Dirección General del Catastro y los notarios.
- Disposición adicional única. Resolución de los documentos electrónicos notariales.
- Disposición final única. Vigencia y efectos.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2015-11652?
- BOE-A-2015-11652 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2015-11652?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.