Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el calendario de instalación y verificación de los equipos de medida, control y comunicaciones (EMCC) del sistema de comunicación, ejecución y control del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad regulado en la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
BOE-A-2015-14280 · Boletín Oficial del Estado, 2015-12-30 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo
BOE-A-2015-14280 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula el calendario de instalación y verificación de los equipos de medida, control y comunicaciones (EMCC) necesarios para el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad en el sector energético. Aplica a los proveedores de este servicio y al operador del sistema, con efectos a partir del 24 de diciembre de 2015.
Los puntos clave de la norma son: primero, los proveedores deben tener los EMCC instalados antes del 1 de abril de 2016; segundo, el operador del sistema tiene hasta el 30 de junio de 2016 para verificar y certificar los equipos instalados; y tercero, entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2016, los proveedores que cuenten con el certificado de los nuevos EMCC pueden optar por usar estos nuevos equipos o continuar con los anteriores adaptados. Esta resolución no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2015-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 312, 2015-12-30
- Entrada en vigor
- 2015-12-31
- Departamento
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 4
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-14280
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
En su disposición adicional segunda.2 faculta a la Secretaría de Estado de Energía para aprobar el procedimiento del sistema de comunicación, ejecución y control necesario para la prestación de este servicio.
Al amparo de dicha disposición, el 29 de octubre de 2014 fue aprobada la resolución de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el procedimiento del sistema de comunicación, ejecución y control del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad regulado en la orden IET/2013/2013, de 31 de octubre.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (1)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2015-14280?
- BOE-A-2015-14280 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2015-14280?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.