Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial.
BOE-A-2025-7093 · Boletín Oficial del Estado, 2025-04-09 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 4/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula medidas urgentes para responder a la amenaza de aranceles impuestos por Estados Unidos y relanzar la actividad comercial en España. Se aplica a empresas exportadoras e importadoras con exposición significativa al mercado estadounidense, a partir de su entrada en vigor el 8 de abril de 2025.
Entre los puntos clave, se establece una línea de avales de hasta 5.000 millones de euros para ayudar a las empresas a afrontar tensiones de liquidez y financiar proyectos de reconversión. Además, se incrementa la dotación del Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) a 700 millones de euros para apoyar la exportación y la inversión en el exterior. También se suspende la causa de disolución por pérdidas para las empresas que ya habían formulado cuentas anuales, permitiendo una reformulación en un plazo de un mes. Por último, se garantiza que la distribución de los fondos se realice respetando el equilibrio territorial, priorizando a las comunidades autónomas más afectadas por los aranceles.
Esta norma no ha sido derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 4/2025
- Fecha de la disposición
- 2025-04-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 86, 2025-04-09
- Entrada en vigor
- 2025-04-09
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 12
- Identificador BOE
- BOE-A-2025-7093
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras para atender necesidades de liquidez …
- Artículo 2. Régimen de cobranza y garantías.
- Artículo 3. Modificación del artículo 56 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
- Artículo 4. Modificación de la disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
- Artículo 5. Modificación del artículo 58 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
- Artículo 6. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales.
- Disposición adicional primera. Plazo extraordinario para la formulación de cuentas anuales.
- Disposición adicional segunda. Garantía de proporcionalidad territorial en la aplicación de los fondos.
- Disposición adicional tercera. Criterios de ejecución.
- Disposición adicional cuarta. Rendición de cuentas.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 8 de mayo de 2025 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 4/2025?
- Real Decreto-ley 4/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 4/2025?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 4/2025?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.