Artículo 4. Modificación de la disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Artículo 4 del Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial. · BOE-A-2025-7093
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-09.
Texto consolidado
«Disposición adicional quincuagésima segunda. Cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española.
El límite máximo para nueva contratación de cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española, excluidas las pólizas abiertas de corto plazo, salvo las de créditos documentarios, que podrá emitir la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima (CESCE) por cuenta del Estado, será para el ejercicio económico en curso de 15.000.000 miles de euros.»
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