Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.
BOE-A-2020-909 · Boletín Oficial del Estado, 2020-01-22 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 2/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-01-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 19, 2020-01-22
- Entrada en vigor
- 2020-01-23
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-909
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, firmado el 9 de marzo de 2018 por el Gobierno de España, y las organizaciones sindicales CC.OO., UGT y CSIF, establece un marco plurianual de incremento retributivo para los empleados al servicio de las Administraciones Públicas que se extiende entre los años 2018 y 2020. En el mismo se prevé para los citados años un incremento salarial fijo, más un porcentaje adicional de incremento ligado al crecimiento de la economía, que deberán recoger las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Índice del articulado
- Artículo 1. Módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.
- Artículo 2. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
- Artículo 3. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
- Artículo 4. Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo.
- Artículo 5. Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas.
- Artículo 6. Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública…
- Artículo 7. Personal laboral del sector público estatal.
- Artículo 8. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.
- Artículo 9. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
- Artículo 10. Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía.
- Artículo 11. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y de los Cuerpos al servicio de la Administ…
- Artículo 12. Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario.
- Artículo 13. Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación.
- Artículo 14. Otras normas comunes.
- Artículo 15. Competencia del Ministerio de Hacienda en materia de costes del personal al servicio del sector público en el ámbito de la negociación colectiva.
- Artículo 16. Retribuciones de los cargos directivos y restante personal de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y de sus centros mancomunados.
- Artículo 17. Módulos para la compensación económica por la actuación de Jueces de Paz y Secretarios de Juzgados de Paz.
- Artículo 18. Régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales.
- Artículo 19. Indemnizaciones por razón del servicio del personal destinado en el extranjero.
- Artículo 20. Incentivos al rendimiento de las Agencias Estatales.
- Artículo 21. Limitación del gasto en la Administración General del Estado.
- Artículo 22. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012.
- Artículo 23. Restablecimiento de las retribuciones minoradas en cuantías no previstas en las normas básicas del Estado.
- Disposición transitoria primera. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal.
- Disposición transitoria segunda. Complementos personales y transitorios.
- Disposición transitoria tercera. Efectos económicos de las disposiciones contempladas en esta norma.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 4 de febrero de 2020 |
| Se dicta de conformidad | Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Socia… |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el II Acuerdo publicado por Resolución de 22 de marzo de 2018 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 2/2020?
- Real Decreto-ley 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 2/2020?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 2/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.