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Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.

BOE-A-2010-9994 · Boletín Oficial del Estado, 2010-06-24 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Real Decreto 750/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula los procedimientos de homologación de vehículos de motor, sus remolques, máquinas autopropulsadas y vehículos agrícolas en España. Aplica a todos los fabricantes y representantes de vehículos que deseen comercializar o matricular estos vehículos en el país desde su entrada en vigor en julio de 2010.

Los puntos clave de esta norma incluyen: la obligación de los fabricantes de solicitar la homologación de tipo a la autoridad competente, que es el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; la distinción entre homologación de tipo CE (que sigue directivas europeas) y homologación nacional; y la posibilidad de homologación individual para vehículos específicos. Además, se establecen requisitos documentales y técnicos que deben cumplirse para cada tipo de homologación, así como la posibilidad de exenciones en ciertos casos. También se especifican las sanciones por incumplimiento de las disposiciones establecidas. Esta norma deroga el Real Decreto 2140/1985, que regulaba anteriormente la homologación de vehículos en España.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 750/2010
Fecha de la disposición
2010-06-04
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 153, 2010-06-24
Entrada en vigor
2010-07-24
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
23
Identificador BOE
BOE-A-2010-9994
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 1 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, establece que la circulación de vehículos exigirá que éstos obtengan previamente la correspondiente autorización administrativa. También en dicho precepto se faculta al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para establecer excepciones al cumplimiento de alguna de las condiciones técnicas previstas en dicho Reglamento a determinados vehículos, equipos, repuestos y accesorios.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (9)

Normas a las que afecta (5)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 750/2010?
Real Decreto 750/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 750/2010?
El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 750/2010?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.