Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud y se modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
BOE-A-2013-8190 · Boletín Oficial del Estado, 2013-07-27 · Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Real Decreto 576/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
El Real Decreto 576/2013 establece los requisitos básicos para un convenio especial de asistencia sanitaria dirigido a personas que no son aseguradas ni beneficiarias del Sistema Nacional de Salud en España. Esta norma es aplicable a todas las personas que residan en España y cumplan ciertos requisitos desde su entrada en vigor el 1 de septiembre de 2013.
Los puntos clave de esta regulación incluyen que los interesados deben acreditar su residencia en España durante al menos un año y no tener acceso a otro sistema de protección sanitaria. Al suscribir este convenio, podrán acceder a las prestaciones de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud mediante el pago de una cuota mensual, que varía según la edad (60 euros para menores de 65 años y 157 euros para mayores). Además, el convenio tiene un carácter individual y puede ser ampliado por las comunidades autónomas con prestaciones adicionales. La norma también detalla las causas de extinción del convenio, que incluyen el incumplimiento de requisitos o el impago de cuotas. Esta regulación no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 576/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-07-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 179, 2013-07-27
- Entrada en vigor
- 2013-09-01
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-8190
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El acceso de los ciudadanos a la asistencia sanitaria pública se encuentra regulado en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en los términos introducidos por el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, dando plena virtualidad al principio de aseguramiento universal y público recogido en su artículo 2.b).
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Requisitos para la suscripción y el mantenimiento del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria.
- Artículo 4. Procedimiento para la suscripción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria.
- Artículo 5. Contenido mínimo del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria.
- Artículo 6. Contraprestación económica a abonar por la suscripción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria.
- Artículo 7. Extinción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria.
- Disposición adicional primera. Suscriptores del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria que se desplacen temporalmente.
- Disposición adicional segunda. Convenio especial de prestación de asistencia sanitaria en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Normativa aplicable al procedimiento de suscripción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria.
- Disposición final tercera. No incremento de gasto público.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sa…
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | la disposición adicional 2 regulando en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria: Orden SSI/1475/2014, de 29 de julio |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 576/2013?
- Real Decreto 576/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 576/2013?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 576/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.