Real Decreto 533/1996, de 15 de marzo, por el que se declara al Laboratorio de Metrología de Radiaciones Ionizantes del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), como laboratorio depositario de los patrones nacionales de las unidades derivadas de actividad (de un radionucleido), exposición (rayos X y Y), kerma y dosis absorbida, y como laboratorio asociado al Centro Español de Metrología.
BOE-A-1996-7292 · Boletín Oficial del Estado, 1996-03-29 · Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Real Decreto 533/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula la declaración del Laboratorio de Metrología de Radiaciones Ionizantes del CIEMAT como laboratorio depositario de patrones nacionales de diversas unidades relacionadas con radiaciones ionizantes. Aplica a este laboratorio y al Centro Español de Metrología desde su entrada en vigor el 16 de marzo de 1996.
Los puntos clave de esta norma son: 1) El laboratorio del CIEMAT es designado como responsable de la custodia, conservación, mantenimiento y difusión de los patrones nacionales de actividad de radionucleidos, exposición a rayos X y gamma, kerma y dosis absorbida. 2) Se establece que el laboratorio actuará bajo la supervisión del Centro Español de Metrología, que proporcionará el soporte técnico necesario. 3) El Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente está autorizado para emitir disposiciones adicionales para el desarrollo y ejecución de este Real Decreto. Esta norma no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 533/1996
- Fecha de la disposición
- 1996-03-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 77, 1996-03-29
- Entrada en vigor
- 1996-03-30
- Departamento
- Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-7292
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, establece en su artículo 4 la competencia del Estado para la obtención, conservación, desarrollo y difusión de las unidades básicas, determinando el apartado 3 de este artículo que los patrones de las unidades básicas declarados como tales, custodiados, conservados y mantenidos por el Estado, serán los patrones nacionales de los que se derivarán todos los demás.
Por otro lado, la Comisión Europea ha adoptado una serie de iniciativas tendentes a favorecer el funcionamiento del mercado único europeo, entre las que figura la destinada a conseguir un reconocimiento mutuo de todas las medidas y ensayos que se realicen en el ámbito comunitario.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 1 y 3, por Real Decreto 207/2022, de 22 de marzo |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991. |
| De conformidad con | Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología. |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 533/1996?
- Real Decreto 533/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 533/1996?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 533/1996?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.