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Real Decreto 455/2012, de 5 de marzo, por el que se establecen las medidas destinadas a reducir la cantidad de vapores de gasolina emitidos a la atmósfera durante el repostaje de los vehículos de motor en las estaciones de servicio.

BOE-A-2012-3165 · Boletín Oficial del Estado, 2012-03-06 · Ministerio de la Presidencia

Real Decreto 455/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la obligación de las estaciones de servicio de instalar sistemas para reducir la emisión de vapores de gasolina durante el repostaje de vehículos. Aplica a estaciones de servicio nuevas desde el 1 de enero de 2012 y a estaciones existentes que realicen modificaciones sustanciales, con caudales anuales superiores a 500 m³ o 100 m³ si están ubicadas debajo de viviendas o zonas de trabajo.

Entre los puntos clave, se establece que los sistemas de recuperación deben captar al menos el 85% de los vapores de gasolina. Las estaciones de servicio deben realizar verificaciones anuales de la eficacia de estos sistemas y comunicar su instalación a la comunidad autónoma, que debe facilitar el proceso electrónicamente. Además, es obligatorio informar a los consumidores sobre la existencia de estos sistemas mediante señalización adecuada. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones conforme a la legislación vigente. Esta norma no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 455/2012
Fecha de la disposición
2012-03-05
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 56, 2012-03-06
Entrada en vigor
2012-03-07
Departamento
Ministerio de la Presidencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
13
Identificador BOE
BOE-A-2012-3165
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

En virtud del Convenio sobre contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, firmado en Ginebra en 1979, en el marco de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa, las partes se comprometen a limitar, prevenir y reducir paulatinamente las emisiones de contaminantes atmosféricos y, con ello, a luchar contra la contaminación transfronteriza consiguiente, entendida como liberación a la atmósfera, por el ser humano, de sustancias o de energía que tengan, en otro país, efectos perjudiciales para la salud, el medio ambiente o los bienes materiales, sin distinguir las fuentes individuales y colectivas de dicha liberación.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (3)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 455/2012?
Real Decreto 455/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 455/2012?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 455/2012?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.