Real Decreto 422/2025, de 3 de junio, por el que se dotan nuevas plazas en Secciones de Violencia sobre la Mujer, se crean Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, y se amplía y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.
BOE-A-2025-11069 · Boletín Oficial del Estado, 2025-06-04 · Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Real Decreto 422/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 422/2025
- Fecha de la disposición
- 2025-06-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 134, 2025-06-04
- Entrada en vigor
- 2025-06-05
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2025-11069
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce un nuevo modelo organizativo en el sistema judicial mediante la creación de los Tribunales de Instancia, que integran a los juzgados unipersonales en un único órgano por partido judicial. De conformidad con su artículo 1, apartado veintiuno, que modifica el artículo 84 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, cada Tribunal de Instancia estará integrado por una Sección Única, de Civil y de Instrucción. En los supuestos previstos por la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, cada Tribunal de Instancia estará integrado por una Sección Civil y otra Sección de Instrucción. Además, los Tribunales de Instancia podrán estar integrados por alguna o varias de las siguientes Secciones: de Familia, Infancia y Capacidad; de lo…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Modificación de la planta judicial.
- Artículo 3. Creación y constitución de Secciones de Violencia sobre la Mujer y de plazas en Secciones de Violencia sobre la Mujer.
- Artículo 4. Transformación de plazas de Sección de Instrucción en plazas de Sección de Violencia sobre la Mujer.
- Artículo 5. Creación y constitución de Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia.
- Artículo 6. Determinación de agrupación de partidos judiciales para el conocimiento de los asuntos atribuidos a las Secciones de Violencia sobre la Mujer.
- Artículo 7. Ampliación de la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.
- Artículo 8. Plantilla de la Carrera Fiscal.
- Disposición adicional única. Estudio, análisis y evaluación de nuevas cargas.
- Disposición transitoria primera. Conocimiento de asuntos asignados en los juzgados transformados.
- Disposición transitoria segunda. Compatibilidad en materia de violencia de género y violencia sexual cuando la víctima sea mujer.
- Disposición transitoria tercera. Conocimiento de asuntos asignados a los órganos judiciales que son objeto de agrupación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Fecha de la efectividad de las creaciones y transformaciones de plazas y de las agrupaciones de partidos judiciales.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 422/2025?
- Real Decreto 422/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 422/2025?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.