El Vínculo El Vínculo.
Real DecretoEstatal Vigente

Real Decreto 387/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril.

BOE-A-1996-6475 · Boletín Oficial del Estado, 1996-03-22 · Ministerio de Justicia e Interior

Real Decreto 387/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

Esta norma regula la planificación de protección civil ante el riesgo de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. Aplica a los expedidores, transportistas y empresas de transporte ferroviario desde su entrada en vigor el 2 de marzo de 1996.

Entre los puntos clave, se establece la creación de un Comité Estatal de Coordinación (CECO) que coordinará las medidas de emergencia y evaluará los planes de actuación. Los expedidores y transportistas tienen la obligación de proporcionar información sobre las mercancías peligrosas que transportan, así como colaborar en caso de accidente, facilitando datos sobre la naturaleza de las mercancías y los medios necesarios para la gestión de la emergencia. Además, se requiere que la Dirección General de Protección Civil publique números de contacto para la notificación de accidentes, asegurando una comunicación efectiva durante situaciones de emergencia. Esta norma no está derogada ni anulada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 387/1996
Fecha de la disposición
1996-03-01
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 71, 1996-03-22
Entrada en vigor
1996-03-23
Departamento
Ministerio de Justicia e Interior
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
6
Identificador BOE
BOE-A-1996-6475
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Por Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, se aprobó la Norma Básica de Protección Civil prevista en el artículo 8 de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.

En la citada norma básica se dispone que serán objeto de planes especiales, entre otras, las emergencias que puedan derivarse de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas y que estos planes serán elaborados de acuerdo con la correspondiente Directriz Básica que habrá de ser aprobada por el Gobierno y que, deberá establecer los fundamentos comunes y los requisitos mínimos sobre organización, criterios operativos, medidas de intervención e instrumentos de coordinación que deben cumplir dichos planes.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (5)

Normas a las que afecta (12)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 387/1996?
Real Decreto 387/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 387/1996?
El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 387/1996?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.