Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.
BOE-A-2015-4520 · Boletín Oficial del Estado, 2015-04-25 · Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Real Decreto 319/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 319/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-04-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 99, 2015-04-25
- Entrada en vigor
- 2015-04-26
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-4520
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1307/2001 y (CE) n.º 1234/2007, establece la obligatoriedad, para los primeros compradores, de declarar mensualmente ante la autoridad competente, la cantidad de leche cruda que les haya sido entregada el mes anterior.
La Comisión Europea debe tener en cuenta las señales del mercado para la adopción de decisiones y para ello, necesita disponer de información sobre los volúmenes de leche entregados, por lo que es necesario adoptar una disposición para garantizar que los primeros compradores comunican periódicamente dicha información a los Estados miembros y que éstos informan al respecto a la Comisión.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Sistema unificado de información del sector lácteo.
- Artículo 4. Registro de primeros compradores.
- Artículo 5. Declaración de contratos.
- Artículo 6. Declaraciones obligatorias de entregas y ventas directas de leche.
- Artículo 6 bis. Declaraciones obligatorias complementarias a efectuar por los primeros compradores de leche de vaca, oveja y cabra.
- Artículo 7. Plan de control.
- Artículo 8. Régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Contención del gasto.
- Disposición transitoria primera. Tasa láctea.
- Disposición transitoria segunda. Declaraciones obligatorias de leche.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor y aplicación.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el Reglamento (UE) 1308/2013, de 17 de diciembre |
| Deroga | Real Decreto 754/2005, de 24 de junio, por el que se regula el régimen de la tasa láctea. |
| Deroga | Real Decreto 115/2013, de 15 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 319/2015?
- Real Decreto 319/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 319/2015?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 319/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.