Real Decreto 227/2008, de 15 de febrero, por el que se establece la normativa básica referente a los paneles de catadores de aceite de oliva virgen.
BOE-A-2008-4209 · Boletín Oficial del Estado, 2008-03-05 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 227/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-30.
Resumen
Esta norma regula las condiciones y requisitos que deben cumplir los paneles de catadores de aceite de oliva virgen para realizar controles oficiales en España. Aplica a todos los paneles de catadores autorizados por las comunidades autónomas y la Administración General del Estado desde su entrada en vigor el 16 de febrero de 2008.
Entre los puntos clave, se establece que los paneles deben estar compuestos por catadores entrenados y acreditados, y deben cumplir con los requisitos del Reglamento (CEE) n.º 2568/91. Además, se implementa un sistema de control anual que incluye la participación obligatoria en ensayos de aptitud, donde se evaluará su rendimiento. Las comunidades autónomas deben comunicar anualmente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la composición de los paneles y el número de análisis realizados. Por último, se garantiza que los paneles actúen con imparcialidad y sin conflictos de interés.
Esta norma no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 227/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-02-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 56, 2008-03-05
- Entrada en vigor
- 2008-03-06
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-09-30
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-4209
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El aceite de oliva virgen, como producto de elevada calidad que el sector oleícola ofrece a los consumidores, está sujeto a diferentes controles oficiales con objeto de garantizar su calidad y su carácter genuino frente a otro tipo de aceites.
Como tal producto y siendo el único que presenta características organolépticas, que son presentadas al consumo como exponente de producto natural con personalidad propia, es necesario proceder a su control desde un punto de vista sensorial.
El Reglamento (CEE) n.º 2568/91, de la Comisión, de 11 de julio de 1991, relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva sobre sus métodos de análisis, establece los requisitos para controlar los diferentes tipos de aceite, y en especial las características organolépticas de los aceites vírgenes, a fin de garantizar al consumo la calidad de estos productos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y autoridad competente.
- Artículo 2. Paneles de catadores.
- Artículo 3. Paneles de catadores autorizados para la realización del control oficial.
- Artículo 4. Formación de los componentes de los paneles de catadores.
- Artículo 5. Comunicaciones.
- Artículo 6. Sistema de coordinación y control anual de verificación de paneles autorizados para la realización del control oficial.
- Artículo 7. Ensayos de aptitud.
- Articulo 8. Resultados de los ensayos de aptitud.
- Artículo 9. Comunicaciones a la Comisión Europea.
- Disposición adicional única. Coordinación.
- Disposición transitoria primera. Adecuación de paneles autorizados.
- Disposición transitoria segunda. Autorización temporal de paneles.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el Reglamento (CE) 2568/1991, de 11 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 227/2008?
- Real Decreto 227/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-30.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 227/2008?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 227/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.