Real Decreto 202/2006, de 17 de febrero, por el que se regula la composición y funcionamiento de las mesas de diálogo social, previstas en el artículo 14 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
BOE-A-2006-3546 · Boletín Oficial del Estado, 2006-03-01 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 202/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula la composición y funcionamiento de las mesas de diálogo social establecidas para garantizar la participación de organizaciones empresariales y sindicales en la elaboración y seguimiento del Plan Nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, según lo previsto en la Ley 1/2005. Aplica a las organizaciones empresariales y sindicales representativas, así como a la Administración General del Estado, desde su entrada en vigor el 18 de febrero de 2006.
Los puntos clave de esta norma incluyen la creación de mesas de diálogo social con una composición tripartita y paritaria, que funcionarán tanto a nivel general como sectorial. Estas mesas tienen como objetivo identificar las consecuencias del cumplimiento del Protocolo de Kioto en términos de competitividad, empleo y cohesión social, así como proponer medidas que faciliten el cumplimiento de dicho Protocolo. Además, se establece la obligación de informar a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático sobre las actividades de estas mesas. La norma no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 202/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-02-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 51, 2006-03-01
- Entrada en vigor
- 2006-03-02
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-3546
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En la Declaración para el Diálogo Social, suscrita el 8 de julio de 2004, el Gobierno, las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y los sindicatos UGT y CCOO acordaron abordar el desarrollo de los compromisos y de las consecuencias que sobre la actividad productiva y el empleo podía tener el Protocolo de Kioto a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático y en tal sentido han consensuado un marco específico de diálogo social vinculado al cumplimiento del indicado Protocolo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Constitución, cometidos y funcionamiento de las mesas.
- Artículo 3. Mesa general: composición y funciones.
- Artículo 4. Mesas sectoriales: composición y funciones.
- Disposición adicional primera. Calendario de constitución de las mesas de diálogo social.
- Disposición adicional segunda. Información a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 202/2006?
- Real Decreto 202/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 202/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.