Real Decreto 1836/2008, de 8 de noviembre, por el que se establecen criterios para la aplicación de la integración de las extintas escalas masculina y femenina del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
BOE-A-2008-18701 · Boletín Oficial del Estado, 2008-11-20 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1836/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la integración de las extintas escalas masculina y femenina del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, estableciendo un cuerpo único sin distinción de sexo. Aplica a todos los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias desde su entrada en vigor el 9 de noviembre de 2008.
Entre los puntos clave, se establece que la organización del servicio de vigilancia debe garantizar la dignidad e intimidad de los internos, lo que implica que las funciones que puedan afectar estos derechos deben ser desempeñadas por personal del mismo sexo que los internos. Además, se determina que en la relación de puestos de trabajo debe haber un porcentaje mínimo de personal de cada sexo, no superando el 40% en relación con la población penitenciaria. También se establece un nuevo orden de promoción para el personal, basado en la fecha de nombramiento y la puntuación obtenida en el proceso selectivo, priorizando la antigüedad en la administración penitenciaria en caso de empate. Esta norma no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1836/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 280, 2008-11-20
- Entrada en vigor
- 2008-11-21
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 4
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-18701
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición adicional trigésima de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, modifica el artículo 1 y la disposición transitoria primera de la Ley 36/1977, de 23 de mayo, de ordenación de los Cuerpos Especiales Penitenciarios y de creación del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
En su virtud, el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se configura como único, sin diferenciación en el acceso o desempeño de puestos por razón de sexo, y se declaran extinguidas las anteriores escalas masculina y femenina que lo configuraban.
La aplicación efectiva de lo dispuesto puede, en algunos supuestos y circunstancias, colisionar con la protección del derecho a la dignidad e intimidad de las personas internadas.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1836/2008?
- Real Decreto 1836/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1836/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.