Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de precios de referencia y de agrupaciones homogéneas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, y determinados sistemas de información en materia de financiación y precios de los medicamentos y productos sanitarios.
BOE-A-2014-3189 · Boletín Oficial del Estado, 2014-03-25 · Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Real Decreto 177/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-07.
Resumen
Este Real Decreto regula el sistema de precios de referencia y agrupaciones homogéneas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) de España, así como sistemas de información relacionados con la financiación y precios de medicamentos y productos sanitarios. Se aplica a todos los medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del SNS desde su entrada en vigor el 22 de marzo de 2014.
Entre los puntos clave, establece que el precio de referencia es el máximo que se financiará para cada medicamento, con revisiones anuales y actualizaciones trimestrales. Además, introduce agrupaciones homogéneas que permiten la dispensación de medicamentos de precio más bajo dentro de un mismo grupo, fomentando así la competencia y el ahorro en la factura farmacéutica. También se exige que al menos una presentación de medicamento genérico o biosimilar esté presente en cada conjunto de referencia. Por último, se regula el Nomenclátor oficial, que es la base de datos que recoge información sobre los medicamentos y sus precios, garantizando su accesibilidad para las administraciones y profesionales del sector.
Esta norma no está derogada y sigue vigente en la actualidad.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 177/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-03-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 73, 2014-03-25
- Entrada en vigor
- 2014-03-26
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-10-07
- Artículos
- 31
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-3189
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 10/2013, de 24 de julio, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 2010/84/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2010, sobre farmacovigilancia, y 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal, y se modifica la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, ha supuesto la incorporación de determinados aspectos de relevancia en materia de prestación farmacéutica en el Sistema Nacional de Salud y particularmente, en lo relativo al sistema de precios de referencia, la exigencia de que exista un medicamento genérico o biosimilar para la formación de conjuntos de referencia cuanto la legislación anterior solo se refería a la exigencia de que existiese un…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. De la financiación de las presentaciones de medicamentos sometidas al sistema de precios de referencia.
- Artículo 3. Conjuntos de referencia de medicamentos.
- Artículo 4. Fijación de los precios de referencia.
- Artículo 5. Aplicación del sistema de precios de referencia.
- Artículo 6. Plazos de aplicación de los nuevos precios de referencia.
- Artículo 7. Sistema de agrupaciones homogéneas de medicamentos.
- Artículo 8. Agrupaciones homogéneas de medicamentos, fijación y revisión de los precios menores y precios más bajos.
- Artículo 9. Bajadas voluntarias de precios sin cambio de código nacional de las presentaciones de medicamentos integradas en agrupaciones homogéneas de medicamentos.
- Artículo 10. Concepto, naturaleza y finalidad.
- Artículo 11. Información a recoger en el Nomenclátor oficial de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
- Artículo 12. Actualización del Nomenclátor oficial de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
- Artículo 13. Comunicación, disponibilidad y acceso al Nomenclátor oficial de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
- Sección 2.ª Sistema de información de apoyo a la gestión de fijación de precios y decisión de financiación de los medicamentos y productos sanitarios
- Artículo 14. Sistema de Información de apoyo a la gestión de fijación de precios y decisión de financiación de los medicamentos y productos sanitarios.
- Sección 3.ª Sistema de información sobre consumo de medicamentos en la red pública hospitalaria del sistema nacional de salud
- Artículo 15. Sistema de Información sobre consumo de medicamentos en la red pública hospitalaria del Sistema Nacional de Salud.
- Disposición adicional primera. Obligatoriedad de comunicación al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de la comercialización de un medicamento licencia de un inn…
- Disposición adicional segunda. Régimen aplicable a las presentaciones de medicamentos cuyo precio de referencia se haya determinado por las reglas establecidas en los apartados …
- Disposición adicional tercera. Precios de referencia en innovaciones galénicas de interés terapéutico declaradas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2…
- Disposición adicional cuarta. Comunicaciones electrónicas.
- Disposición adicional quinta. Registro de la fecha de comercialización efectiva en el Nomenclátor oficial de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud de las pres…
- Disposición adicional sexta. Comunicación de la fecha de comercialización efectiva de las presentaciones de medicamentos para la efectividad de la inclusión en la prestación far…
- Disposición adicional séptima. Revisión individualizada de precios de las presentaciones de medicamentos afectadas por lo previsto en el artículo 3.2.
- Disposición adicional octava. Régimen de dispensación de medicamentos.
- Disposición adicional novena. Garantía de abastecimiento a las oficinas de farmacia de los medicamentos de precio menor.
- Disposición transitoria primera. Fijación del precio de referencia para las presentaciones de medicamentos de ámbito hospitalario y envase clínico.
- Disposición transitoria segunda. Aplicación del sistema de precios de referencia a los medicamentos utilizados en fluidoterapia y radiofármacos.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 177/2014?
- Real Decreto 177/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-07.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 177/2014?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 177/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.