Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.
BOE-A-1983-15813 · Boletín Oficial del Estado, 1983-06-04 · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Real Decreto 1451/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
El Real Decreto 1451/1983 regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo para trabajadores con discapacidad, en cumplimiento de la Ley 13/1982. Esta norma se aplica a todas las empresas públicas y privadas que empleen a 50 o más trabajadores desde su entrada en vigor el 12 de mayo de 1983.
Entre los puntos clave, se establece que los trabajadores con incapacidad permanente parcial tienen derecho a su reincorporación en la empresa, manteniendo su nivel retributivo o siendo reubicados en un puesto adecuado a su capacidad. Además, las empresas están obligadas a reservar al menos el 2% de su plantilla para trabajadores con discapacidad. Se introducen subvenciones para la contratación de estos trabajadores, que varían según la edad y el género, y se permite la celebración de contratos de formación sin límite de edad para facilitar su adaptación laboral. Finalmente, las empresas deben mantener la estabilidad en el empleo de los trabajadores contratados durante al menos tres años y están obligadas a reintegrar las subvenciones si incumplen esta condición.
Esta norma no está derogada y sigue vigente, aunque ha sido modificada por otras disposiciones en el marco de la política de empleo.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1451/1983
- Fecha de la disposición
- 1983-05-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 133, 1983-06-04
- Entrada en vigor
- 1983-06-05
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-1983-15813
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Gobierno entiende que es preciso realizar un esfuerzo económico y de solidaridad social para hacer efectivo respecto de los minusválidos el derecho al trabajo que para todos los españoles, sin discriminación, reconoce y garantiza el artículo 25 de la Constitución Española.
Por otra parte, el Gobierno en coherencia con el espíritu que inspira la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, considera que la integración laboral de éstos debe realizarse fundamentalmente a través del sistema ordinario de trabajo y anuncia que a tal fin irá encaminada la política de empleo que desarrollará en favor de los minusválidos.
Índice del articulado
- Art. 1.
- Art. 2.
- Art. 3.
- Art. 4.
- Art. 5.
- Art. 6.
- Art. 7.
- Art. 8.
- Art. 9.
- Art. 10.
- Art. 11.
- Art. 12.
- Art. 13.
- Art. 14.
- Disposición adicional.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera. Personas con capacidad intelectual límite.
- Disposición transitoria.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1451/1983?
- Real Decreto 1451/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1451/1983?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1451/1983?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.