Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.
BOE-A-2003-21847 · Boletín Oficial del Estado, 2003-11-29 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1432/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1432/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-11-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 286, 2003-11-29
- Entrada en vigor
- 2003-11-30
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-21847
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La creciente importancia que para el desarrollo empresarial y el mantenimiento de la competitividad tienen las actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) ha determinado que nuestro ordenamiento jurídico haya evolucionado a lo largo de los últimos años para recoger nuevas medidas de apoyo y fomento a tales actividades.
Una de las principales medidas de apoyo y fomento de actividades de I+D+i es la constituida por los beneficios fiscales a los que pueden acogerse las empresas mediante la deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades, tanto por los gastos incurridos en actividades de investigación y desarrollo como de innovación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Clases de informes.
- Artículo 3. Legitimación.
- Artículo 4. Competencia para emitir informes.
- Artículo 5. Iniciación.
- Artículo 6. Subsanación.
- Artículo 7. Instrucción.
- Artículo 8. Emisión de informes.
- Artículo 9. Efectos de los informes.
- Disposición adicional primera. Aplicación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Disposición adicional segunda. Coordinación de actuaciones entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Ciencia y Tecnología.
- Disposición adicional tercera. Regímenes forales.
- Disposición transitoria única. Emisión de informes sobre proyectos o actividades iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2003.
- Disposición final primera. Modificación de los anexos del real decreto.
- Disposicion final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 33.4 de la Ley 43/1995, de 27 de noviembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1432/2003?
- Real Decreto 1432/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1432/2003?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1432/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.