Real Decreto 1376/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Marítimo pesquera que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
BOE-A-2009-14828 · Boletín Oficial del Estado, 2009-09-19 · Ministerio de Trabajo e Inmigración
Real Decreto 1376/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1376/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-08-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 227, 2009-09-19
- Entrada en vigor
- 2009-09-20
- Departamento
- Ministerio de Trabajo e Inmigración
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-14828
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, establece en su artículo 3 que corresponde al Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y previo informe de este Ministerio a la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, la elaboración y aprobación de las disposiciones reglamentarias en relación con, entre otras, la formación profesional ocupacional y continua en el ámbito estatal, así como el desarrollo de dicha ordenación. Asimismo, señala en su artículo 25.2, que los programas de formación ocupacional y continua se desarrollarán de acuerdo con lo establecido en dicha ley, así como en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional y en las normas que se dicten para su aplicación. Tras la entrada en vigor del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Certificados de Profesionalidad que se establecen.
- Artículo 3. Estructura y contenido.
- Artículo 4. Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad.
- Artículo 5. Módulo de formación práctica en centros de trabajo.
- Artículo 6. Formadores.
- Artículo 7. Contratos para la formación y el aprendizaje.
- Artículo 8. Formación mediante teleformación.
- Artículo 9. Centros autorizados para su impartición.
- Articulo 10. Correspondencia con los títulos de formación profesional.
- Disposición adicional única. Nivel del certificado de profesionalidad en el marco europeo de cualificaciones.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1376/2009?
- Real Decreto 1376/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1376/2009?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1376/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.