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Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los Centros Especiales de Empleo.

BOE-A-1985-16663 · Boletín Oficial del Estado, 1985-08-08 · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Real Decreto 1368/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

Esta norma regula la relación laboral especial de los trabajadores con discapacidad que laboran en Centros Especiales de Empleo. Se aplica a personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que trabajen en estos centros, y entró en vigor el 1 de octubre de 1985.

Los puntos clave incluyen que los trabajadores tienen derechos y deberes similares a los del Estatuto de los Trabajadores, aunque adaptados a sus circunstancias. Se establece que el trabajo debe ser productivo y adecuado a las capacidades del trabajador, con revisiones periódicas por parte de Equipos Multiprofesionales para asegurar su bienestar. Además, los contratos deben formalizarse por escrito y registrarse en la Oficina de Empleo, y los trabajadores tienen derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, así como a ausentarse para tratamientos médicos relacionados con su discapacidad. También se prohíben las horas extraordinarias, salvo en situaciones excepcionales. Esta norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1368/1985
Fecha de la disposición
1985-07-17
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 189, 1985-08-08
Entrada en vigor
1985-10-01
Departamento
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
26
Identificador BOE
BOE-A-1985-16663
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 41 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, dispone que los minusválidos que por razón de la naturaleza o de las consecuencias de sus minusvalías no puedan, provisional o definitivamente, ejercer una actividad laboral en las condiciones habituales, deberán ser empleados en Centros Especiales de Empleo, cuando su capacidad de trabajo sea igual o superior a un porcentaje de la capacidad habitual, que se fijará por la correspondiente norma reguladora de la relación laboral de carácter especial de los trabajadores minusválidos que presten sus servicios en Centros Especiales de Empleo.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1368/1985?
Real Decreto 1368/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1368/1985?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1368/1985?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.