Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura.
BOE-A-2020-4912 · Boletín Oficial del Estado, 2020-05-10 · Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Orden TMA/400/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
Datos clave
- Rango
- Orden TMA/400/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-05-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 131, 2020-05-10
- Entrada en vigor
- 2020-05-11
- Departamento
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Estado
- Vigencia agotada
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 12
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-4912
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Debido a la rapidez en la evolución de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, a escala nacional e internacional, el Gobierno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4, apartados b) y d), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, ha declarado el estado de alarma en todo el territorio nacional con el fin de afrontar la crisis sanitaria, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y que, por el momento ha sido prorrogado en cuatro ocasiones, la última a través del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020, en los términos expresados en dicha norma.
Índice del articulado
- Artículo 1. Nivel de servicios de transporte ferroviario en cercanías de competencia estatal.
- Artículo 2. Medidas a aplicar a las conexiones aéreas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 3. Medidas y restablecimiento de los servicios marítimos en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 4. Medidas a aplicar a las conexiones aéreas de la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
- Artículo 5. Restablecimiento de los servicios marítimos en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
- Artículo 6. Limitación de los supuestos de movilidad.
- Artículo 7. Condiciones para el ejercicio de la navegación de recreo o deportiva y otras actividades aeronáuticas de recreo.
- Disposición derogatoria primera.
- Disposición derogatoria segunda.
- Disposición derogatoria tercera.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de…
- Disposición final segunda. Vigencia.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (14)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TMA/400/2020?
- Orden TMA/400/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden TMA/400/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TMA/400/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.