Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social.
BOE-A-2020-11359 · Boletín Oficial del Estado, 2020-09-29 · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Orden ISM/903/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden ISM/903/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-09-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 258, 2020-09-29
- Entrada en vigor
- 2020-10-02
- Departamento
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-11359
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Seguridad Social están reguladas mediante la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, que se dictó en desarrollo de las previsiones contenidas al efecto tanto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, como en el artículo 5.2.e) y en la disposición adicional quincuagésima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que constituían la normativa legal entonces vigente sobre la materia.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Sistema de notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos.
- Artículo 4. Sujetos obligados a recibir notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos.
- Artículo 5. Notificaciones y comunicaciones efectuadas por medios no electrónicos.
- Artículo 6. Puesta a disposición de las notificaciones y comunicaciones electrónicas en la SEDESS.
- Artículo 7. Extinción de la autorización o del poder para recibir notificaciones y comunicaciones.
- Artículo 8. Práctica de las notificaciones electrónicas.
- Artículo 9. Práctica simultánea de notificaciones electrónicas y no electrónicas.
- Disposición transitoria única. Suscripción voluntaria para la recepción de notificaciones electrónicas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de aplicación y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ISM/903/2020?
- Orden ISM/903/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ISM/903/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.