Orden INT/262/2020, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
BOE-A-2020-3946 · Boletín Oficial del Estado, 2020-03-21 · Ministerio del Interior
Orden INT/262/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
Datos clave
- Rango
- Orden INT/262/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-03-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 78, 2020-03-21
- Entrada en vigor
- 2020-03-21
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigencia agotada
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-3946
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Con motivo de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, y con el fin de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El artículo 4, apartados 2 y 3, confiere, por una parte, al Titular de este Departamento la condición de autoridad competente delegada para el ejercicio de las funciones a las que se refiere el real decreto y, por otra, le faculta, al efecto, para dictar las instrucciones interpretativas que sean necesarias en la esfera específica de su actuación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Cierre o restricción a la circulación por carretera.
- Artículo 2. Divulgación de las medidas relativas a circulación.
- Artículo 3. Suspensión de medidas especiales de regulación de tráfico acordadas por la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior.
- Artículo 4. Suspensión de medidas especiales de regulación de tráfico acordadas por el Director del Servicio Catalán de Tráfico.
- Artículo 5. Suspensión de medidas especiales de regulación de tráfico acordadas por la Directora de Tráfico del Gobierno Vasco.
- Artículo 6. Periodo de suspensión de las medidas especiales de regulación.
- Artículo 7. Suspensión de campañas especiales de control y vigilancia.
- Artículo 8. Agentes de la autoridad encargados del cumplimiento del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
- Artículo 9. Autorizaciones administrativas para conducir.
- Artículo 10. Interrupción del plazo para conducir en España con un permiso extranjero válido y en vigor.
- Artículo 11. Autorizaciones administrativas en materia de vehículos.
- Artículo 12. Denuncias por Infracciones relacionadas con el cumplimiento de estos plazos.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden INT/262/2020?
- Orden INT/262/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden INT/262/2020?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden INT/262/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.