Orden HAC/265/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2023, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y se regula el reintegro de la ayuda prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.
BOE-A-2024-5721 · Boletín Oficial del Estado, 2024-03-22 · Ministerio de Hacienda
Orden HAC/265/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden HAC/265/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-03-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 72, 2024-03-22
- Entrada en vigor
- 2024-03-23
- Departamento
- Ministerio de Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-5721
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se contiene fundamentalmente en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Los contribuyentes que, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo 96 de la citada Ley 35/2006 estén obligados a declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al tiempo de presentar su declaración, deberán determinar la deuda tributaria correspondiente e ingresarla, en su caso, en el lugar, forma y plazos determinados por el Ministro de Economía y Hacienda, conforme dispone el artículo 97 de la Ley 35/2006.
Índice del articulado
- Artículo 1. Obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 2. Obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 3. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 4. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 5. Obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 6. Procedimiento de modificación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 7. Procedimiento de confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 8. Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 9. Forma de presentación del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio. Habi…
- Artículo 10. Procedimiento para la presentación electrónica del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto…
- Artículo 11. Documentación adicional que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 12. Pago de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio y obtención de la…
- Artículo 13. Pago mediante domiciliación bancaria de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre…
- Artículo 14. Reintegro de la ayuda prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para respon…
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden HAC/265/2024?
- Orden HAC/265/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HAC/265/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.