Orden HAC/1147/2018, de 9 de octubre, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en los artículos 27, 101, 102 y 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio.
BOE-A-2018-14900 · Boletín Oficial del Estado, 2018-10-31 · Ministerio de Hacienda
Orden HAC/1147/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula el desarrollo de los procedimientos relacionados con los Impuestos Especiales, específicamente sobre las ventas en ruta y los avituallamientos de carburantes a aeronaves y embarcaciones. Aplica a los expedidores y suministradores de productos sujetos a estos impuestos y entra en vigor el 1 de julio de 2019.
Entre los puntos clave, establece que los expedidores deben enviar electrónicamente un borrador de albarán de circulación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para su validación antes de iniciar la circulación de productos. También se aprueban modelos específicos de notas de entrega y comprobantes que deben utilizarse en estos procedimientos, así como instrucciones para su cumplimentación y presentación telemática. Además, se establece un procedimiento en caso de que el sistema informático de la AEAT no esté disponible, permitiendo continuar con la circulación bajo ciertas condiciones. Por último, se derogan disposiciones anteriores que regulaban estos procedimientos, actualizando así la normativa vigente.
Datos clave
- Rango
- Orden HAC/1147/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-10-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 263, 2018-10-31
- Entrada en vigor
- 2018-11-01
- Departamento
- Ministerio de Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-14900
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica, entre otros, el Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, ha modificado el artículo 27 del citado Reglamento de los Impuestos Especiales, que regula el procedimiento de ventas en ruta.
Conforme a lo dispuesto en este artículo, la salida de productos de fábrica, depósito fiscal o almacén fiscal podrá efectuarse por el procedimiento de ventas en ruta siempre que se haya devengado el impuesto con aplicación de un tipo impositivo ordinario o reducido y se cumplan las condiciones previstas en este precepto.
Índice del articulado
- Artículo 1. Aprobación de las normas de cumplimentación del albarán de circulación exigible en el procedimiento de ventas en ruta.
- Artículo 2. Aprobación de los modelos de notas de entrega expedidas con cargo al albarán de circulación en los suministros de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fab…
- Artículo 3. Aprobación de las instrucciones de cumplimentación de las notas de entrega expedidas en el sistema de ventas en ruta y las instrucciones para la comunicación a la Ag…
- Artículo 4. Procedimiento a seguir en caso de indisponibilidad del sistema informático para la comunicación del borrador de albarán de circulación.
- Artículo 5. Aprobación del Modelo de comprobante de entrega a expedir en avituallamientos de carburantes a aeronaves.
- Artículo 6. Aprobación de las instrucciones de cumplimentación del comprobante de entrega en avituallamientos a aeronaves y el procedimiento para la presentación a la AEAT, por …
- Artículo 7. Aprobación del Modelo de recibo de entrega en avituallamientos a embarcaciones que generen derecho a la devolución de las cuotas repercutidas por el Impuesto sobre H…
- Artículo 8. Aprobación del procedimiento y plazos de presentación de la solicitud de devolución por avituallamientos a embarcaciones con derecho a la devolución del Impuesto sob…
- Artículo 9. Condiciones generales para realizar el suministro electrónico de los datos.
- Artículo 10. Procedimiento para realizar el suministro electrónico de los datos.
- Artículo 11. Formato y diseño de los mensajes informáticos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaborac…
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden HAC/1147/2018?
- Orden HAC/1147/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HAC/1147/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.