Orden FOM/25/2019, de 10 de enero, por la que se regula la asignación de recursos, procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por las entidades y empresas del sector público dependientes o vinculadas, a la financiación de trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español o de fomento de la creatividad artística.
BOE-A-2019-670 · Boletín Oficial del Estado, 2019-01-21 · Ministerio de Fomento
Orden FOM/25/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden FOM/25/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-01-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 18, 2019-01-21
- Entrada en vigor
- 2019-01-22
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-670
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 68.1 de la Ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la misma, establecen que en el presupuesto de cada obra pública, financiada total o parcialmente por el Estado, se destinará una partida de, al menos el 1% de los fondos que sean de aportación estatal, a la financiación de trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, o de fomento de la creatividad artística, con preferencia en la propia obra o en su inmediato entorno.
Para la adecuada ejecución de dichas previsiones, con fecha 7 de junio de 2017 se firmó el hasta ahora último Acuerdo de Colaboración, el VII, entre el Ministerio de Fomento y el extinto Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, hoy Ministerio de Cultura y Deporte, para la actuación conjunta en el Patrimonio Histórico Español.
Índice del articulado
- Artículo 1. Trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, o de fomento de la creatividad artística: Porcentaje y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Retenciones y transferencias de crédito.
- Artículo 3. Ingreso y gestión por las entidades del sector público institucional del Ministerio de Fomento. Compensación.
- Artículo 4. Base de cálculo del porcentaje.
- Artículo 5. Previsión de dotaciones.
- Disposición adicional única.
- Disposición transitoria única. Expedientes en tramitación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden FOM/25/2019?
- Orden FOM/25/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden FOM/25/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.