El Vínculo El Vínculo.
OrdenEstatal Vigente

Orden ETD/18/2022, de 18 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2022 y enero de 2023 y se recogen las Cláusulas de Acción Colectiva normalizadas.

BOE-A-2022-861 · Boletín Oficial del Estado, 2022-01-20 · Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Orden ETD/18/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-13.

Resumen

Esta norma regula la creación de Deuda del Estado para financiar los gastos públicos durante el año 2022 y enero de 2023, estableciendo las condiciones y procedimientos para su emisión. Aplica a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, así como a los inversores interesados en adquirir dicha deuda, desde su publicación el 18 de enero de 2022.

Entre los puntos clave, se establece que la emisión de deuda no podrá superar un límite específico de incremento, fijado en 81.936.673,06 miles de euros. Se introducen nuevas Cláusulas de Acción Colectiva normalizadas que permiten una votación agregada única, evitando que un grupo minoritario de tenedores bloquee cambios que afecten a otros. Además, se especifican los procedimientos de emisión, que pueden incluir subastas y colocaciones directas, y se detallan las modalidades de deuda, como Letras, Bonos y Obligaciones del Estado. Por último, se derogan las normativas anteriores relacionadas con la creación de deuda, asegurando que esta orden sea la vigente para el periodo mencionado.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden ETD/18/2022
Fecha de la disposición
2022-01-18
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 17, 2022-01-20
Entrada en vigor
2022-01-20
Departamento
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-01-13
Artículos
24
Identificador BOE
BOE-A-2022-861
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Deuda del Estado es el conjunto de capitales tomados a préstamo por el Estado mediante emisión pública, concertación de operaciones de crédito, subrogación en la posición deudora de un tercero o, en general, mediante cualquier otra operación financiera del Estado, con destino a financiar los gastos del Estado o a constituir posiciones activas de tesorería.

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece en su artículo 94 que la creación de Deuda del Estado habrá de ser autorizada por ley y en su artículo 98 que corresponde a la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de acuerdo con la actual estructura departamental, autorizar la formalización de las operaciones relativas a la Deuda.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden ETD/18/2022?
Orden ETD/18/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-13.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden ETD/18/2022?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ETD/18/2022?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.