Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación.
BOE-A-2022-16196 · Boletín Oficial del Estado, 2022-10-05 · Ministerio de Educación y Formación Profesional
Orden EFP/942/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden EFP/942/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-09-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 239, 2022-10-05
- Entrada en vigor
- 2022-10-06
- Departamento
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-16196
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, establece que los títulos, certificados y acreditaciones derivados de las ofertas de formación profesional tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, siempre que incluyan, al menos, un resultado de aprendizaje del Catálogo Modular de Formación Profesional vinculado a un elemento de competencia incluido en un estándar de competencia profesional, y que sean impartidos por centros de formación profesional. Serán expedidos por las administraciones competentes y tendrán los efectos que correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la formación profesional en los Estados miembros y los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Financiación de las acciones formativas.
- Artículo 3. Módulos económicos específicos y módulos económicos genéricos máximos.
- Artículo 4. Órganos competentes en la gestión de las ofertas formativas.
- Artículo 5. Objeto de las subvenciones.
- Artículo 6. Régimen e inicio del procedimiento de concesión.
- Artículo 7. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
- Artículo 8. Solicitudes.
- Artículo 9. Instrucción del procedimiento de concesión y órgano colegiado.
- Artículo 10. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 11. Criterios objetivos para el otorgamiento de la subvención y su cuantificación.
- Artículo 12. Resolución del procedimiento.
- Artículo 13. Pago de la subvención.
- Artículo 14. Gastos subvencionables.
- Artículo 15. Justificación de la subvención.
- Artículo 16. Incumplimientos y reintegros.
- Artículo 17. Infracciones y sanciones.
- Artículo 18. Ejecución de las acciones formativas.
- Artículo 19. Acreditación de los requisitos de los formadores y tutores formadores.
- Artículo 20. Solicitud, selección y obligaciones de los participantes.
- Artículo 21. Módulo de formación práctica en centros de trabajo.
- Artículo 22. Becas.
- Artículo 23. Ayudas de transporte, manutención y alojamiento.
- Artículo 24. Ayudas a la conciliación.
- Artículo 25. Solicitud y concesión de las becas y ayudas.
- Artículo 26. Plan de calidad del sistema de formación profesional en el ámbito laboral vinculado al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- Artículo 27. Control y seguimiento.
- Artículo 28. Difusión y publicidad.
- Disposición adicional primera. Marco común de referencia para la calidad, evaluación, seguimiento y control de la formación profesional en el ámbito laboral.
- Disposición adicional segunda. Actualización de las cuantías y módulos económicos previstos en esta orden.
- Disposición adicional tercera. Anticipo del pago de la subvención en el ámbito de gestión de la Administración General del Estado.
- Disposición adicional cuarta. Terminología de género.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de aplicación y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden EFP/942/2022?
- Orden EFP/942/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden EFP/942/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.