Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones.
BOE-A-2002-694 · Boletín Oficial del Estado, 2002-01-12 · Ministerio de Ciencia y Tecnología
Orden CTE/23/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Orden CTE/23/2002 regula las condiciones para la presentación de estudios y certificaciones por parte de operadores de servicios de radiocomunicaciones en España. Esta norma se aplica a los operadores que establecen redes de radiodifusión sonora y televisión, así como a los titulares de licencias individuales de tipo B2 y C2, desde su entrada en vigor el 12 de enero de 2002.
Entre los puntos clave, se establece que estos operadores deben presentar un estudio detallado sobre los niveles de exposición a emisiones radioeléctricas en áreas cercanas a sus instalaciones, elaborado por un técnico competente. Este estudio debe incluir información técnica y ser parte del proyecto para solicitar la autorización de las instalaciones. Además, los titulares de licencias deben enviar anualmente una certificación que confirme el cumplimiento de los límites de exposición establecidos, también realizada por un técnico competente. La norma también permite que varias estaciones en un mismo emplazamiento realicen estudios y certificaciones de forma conjunta, facilitando así el proceso. Esta orden no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Orden CTE/23/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-01-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 11, 2002-01-12
- Entrada en vigor
- 2002-01-13
- Departamento
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-694
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, aprobado mediante el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre (en lo sucesivo Reglamento), dispone en su artículo 8.1 que los operadores que establezcan redes soporte de servicios de radiodifusión sonora y televisión y los titulares de licencias individuales de tipo B2 y C2, elaborarán un estudio detallado, realizado por técnico competente, que indique los niveles de exposición radioeléctrica en áreas cercanas a sus instalaciones radioeléctricas, en las que puedan permanecer habitualmente personas.
Índice del articulado
- Primero. Objeto.
- Segundo. Tipología de las estaciones radioeléctricas.
- Tercero. Estudio de niveles de exposición e incorporación en el procedimiento de solicitud de autorización de estaciones radioeléctricas.
- Cuarto. Certificación anual de instalaciones.
- Quinto. Instalaciones radioeléctricas en un mismo emplazamiento.
- Sexto. Certificaciones de instalaciones preexistentes.
- Séptimo. Fundamento legal.
- Octavo. Entrada en vigor.
- Noveno. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden CTE/23/2002?
- Orden CTE/23/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden CTE/23/2002?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden CTE/23/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.