Ley Foral 4/1985, de 25 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos de Navarra.
BOE-A-1985-10245 · Boletín Oficial del Estado, 1985-06-04 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 4/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
La Ley Foral 4/1985 regula la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos de Navarra, estableciendo el marco jurídico para que estos puedan presentar propuestas de ley. Esta norma aplica a los Ayuntamientos de la Comunidad Foral de Navarra desde su entrada en vigor el 26 de marzo de 1985.
Los puntos clave de esta ley son: primero, los Ayuntamientos que representen al menos un tercio de los municipios y el 50% de la población de una Merindad pueden ejercer esta iniciativa; segundo, se excluyen materias como las que no son competencia de la Comunidad Foral, asuntos tributarios (salvo los tributos locales), y los presupuestos generales; tercero, las proposiciones de ley deben ser aprobadas por mayoría simple en los Ayuntamientos y acompañadas de documentación específica; y cuarto, la Mesa del Parlamento de Navarra debe examinar la admisibilidad de las propuestas en un plazo de 15 días. Esta ley no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 4/1985
- Fecha de la disposición
- 1985-03-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 133, 1985-06-04
- Entrada en vigor
- 1985-03-30
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 12
- Identificador BOE
- BOE-A-1985-10245
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral reguladora de la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos de Navarra.
La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, establece en su artículo 19.1 que la iniciativa legislativa corresponde al Gobierno de Navarra, a los parlamentarios forales y a los ayuntamientos que representen un tercio de Municipios de la respectiva Merindad, y un 50 por 100 de la población de derecho de la misma.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 3, por Ley Foral 14/2012, de 5 de julio |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 4/1985?
- Ley Foral 4/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 4/1985?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 4/1985?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.