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Ley 5/2009, de 25 de noviembre, de medidas urgentes en materia de transporte público regular, permanente y de uso general de viajeros por carretera.

BOE-A-2009-20657 · Boletín Oficial del Estado, 2009-12-22 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Ley 5/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Ley 5/2009, de 25 de noviembre, regula las medidas urgentes en el ámbito del transporte público regular, permanente y de uso general de viajeros por carretera en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta norma es aplicable a las empresas concesionarias de estos servicios desde su entrada en vigor, el 26 de noviembre de 2009.

Entre los puntos clave de la ley, se establece la posibilidad de prorrogar las concesiones de transporte público hasta el año 2018, con el fin de facilitar una reestructuración del servicio y unificar la extinción de contratos. Además, se reconoce un derecho de preferencia a las empresas concesionarias en la contratación de servicios de transporte regular de uso especial que coincidan en itinerario con sus líneas, siempre que cumplan ciertos requisitos. Por último, se introduce un régimen especial de transporte a la demanda, que permite una mayor flexibilidad en la prestación de servicios en áreas de baja densidad poblacional.

Es importante señalar que la disposición adicional sexta de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, queda derogada por esta norma.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 5/2009
Fecha de la disposición
2009-11-25
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 307, 2009-12-22
Entrada en vigor
2009-12-02
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
5
Identificador BOE
BOE-A-2009-20657
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (3)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 5/2009?
Ley 5/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2009?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2009?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.