Ley 5/1986, de 28 de julio, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo.
BOE-A-1986-24334 · Boletín Oficial del Estado, 1986-09-13 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 5/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-30.
Resumen
La Ley 5/1986 regula el Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, aplicándose a las entregas mayoristas de estos combustibles en el territorio canario desde su promulgación el 28 de julio de 1986. Este impuesto es de naturaleza indirecta y grava el consumo específico de combustibles, incluyendo biocarburantes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
Los comerciantes mayoristas son los principales obligados al pago del impuesto, debiendo repercutir su importe sobre los adquirentes. La ley establece tipos impositivos específicos para diferentes combustibles, así como un régimen especial para el gasóleo industrial, que permite un tipo reducido bajo ciertas condiciones. Además, se prevén exenciones para ciertos usos, como la exportación o el consumo en actividades específicas. Los agricultores y transportistas también tienen derecho a devoluciones parciales del impuesto en función del uso de combustibles en sus actividades. La ley no está derogada y sigue vigente, regulando así el marco fiscal para el consumo de combustibles en Canarias.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/1986
- Fecha de la disposición
- 1986-07-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 220, 1986-09-13
- Entrada en vigor
- 1986-08-21
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-09-30
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-1986-24334
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 11,7 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
PREAMBULO
La autonomía financiera de las Comunidades Autónomas consagradas en la Constitución, atribuye a aquellas dentro de un marco de coordinación con la Hacienda del Estado, una potestad tributaria derivada, así como la posibilidad de disponer de una parte de los ingresos públicos estatales mediante la atribución de los tributos cedidos, la participación en los no cedidos, exacción de tasas afectadas a servicios transferidos y recargos sobre los mismos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza del impuesto.
- Artículo 2. Ámbito territorial.
- Artículo 3. Hecho imponible.
- Artículo 4. Obligados tributarios y responsables.
- Artículo 5. Repercusión.
- Artículo 6. Base imponible.
- Artículo 7. Devengo.
- Artículo 8. Determinación de la base imponible.
- Artículo 9. Tipos impositivos.
- Artículo 9 bis. Régimen especial del gasóleo industrial.
- Artículo 10. Exenciones.
- Artículo 11. Concepto exportación.
- Artículo 12. Devoluciones a la exportación.
- Artículo 12 bis. Devoluciones a agricultores y transportistas.
- Artículo 13. Normas de gestión.
- Artículo 14. Reclamación económico-administrativa.
- Artículo 15. Infracciones y sanciones. Régimen general.
- Artículo 16. Infracciones y sanciones. Devolución de la gasolina profesional y el gasóleo profesional.
- Artículo 17. Infracciones y sanciones. Régimen especial del gasóleo industrial.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria única. Declaración de comunicación a la Agencia Tributaria Canaria para el año 2023.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (40)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/1986?
- Ley 5/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-30.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/1986?
- El BOE registra 40 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/1986?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.