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LeyAutonómico Vigente

Ley 4/1983, de 4 de mayo, sobre uso de la Bandera Regional de Murcia.

BOE-A-1983-18199 · Boletín Oficial del Estado, 1983-06-30 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Ley 4/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

La Ley 4/1983, de 4 de mayo, regula el uso de la Bandera Regional de Murcia. Esta norma es aplicable a todos los ciudadanos y entidades dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Murcia desde su entrada en vigor tras su publicación.

Entre los puntos clave de la ley, se establece que la Bandera de la Región debe ondear en todos los edificios públicos, ocupando un lugar preferente junto a la Bandera de España. Además, cuando se utilice la Bandera Regional junto a otras, su posición será determinada por el número de banderas presentes, asegurando que la de España siempre esté en el lugar de honor. La ley también prohíbe la inclusión de símbolos o siglas de partidos políticos, sindicatos o entidades privadas en la Bandera Regional, garantizando que se mantenga como un símbolo institucional. Por último, se faculta al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de esta ley. La norma no está derogada y se encuentra vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 4/1983
Fecha de la disposición
1983-05-04
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 155, 1983-06-30
Entrada en vigor
1983-05-07
Departamento
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
6
Identificador BOE
BOE-A-1983-18199
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA,

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 4/1983, de 4 de mayo, sobre uso de la Bandera Regional.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30.2 del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 4/1983?
Ley 4/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/1983?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.