El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 4/1983, de 4 de mayo, sobre uso de la Bandera Regional de Murcia. · BOE-A-1983-18199

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-05-07.

Texto consolidado

Se prohíbe la utilización en la Bandera Regional de cualesquiera símbolos o siglas de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-05-07.

Más artículos de Ley 4/1983

En El Vínculo puedes leer Ley 4/1983 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.